El reclamo de los habitantes de Nuñez es para todos el mismo: protección ante hechos delictivos, disminución de accidentes causados por el tren, seguridad para el peatón, conectividad vial y agilidad en el tránsito vehicular. Pero sus opiniones difieren cuando la solución que da el Gobierno de la Ciudad es la construcción de túneles de un solo carril en las calles Manuela Pedraza y Crisólogo Larralde.
Están quienes quieren una solución inmediata y por ello aceptan la idea del Gobierno y están quienes denuncian algunas irregularidades de este proyecto y hacen nuevas propuestas.
La construcción de túneles para evitar las barreras ferroviarias se anunció el año pasado como parte del Programa de Conectividad Vial del Gobierno de la Ciudad y si bien la obra debería haber comenzado en diciembre del 2007, quedó suspendida ante los recursos de amparo presentados. Los vecinos pidieron la realización de una audiencia pública que recién tuvo lugar en mayo de este año “cuando la obra ya ha sido adjudicada a una empresa”, dice Ricardo Prezioso, un vecino de Nuñez que se opone a los túneles.
En las audiencias públicas realizadas el 26 y 27 de mayo expusieron el Ministro de Desarrollo Urbano de la Ciudad, Daniel Chain, el Director General de Tránsito, Oscar Fariña, los arquitectos Héctor Echechuri y Fernanda Coarasa, el ingeniero Sergio Marinelli y luego los vecinos presentes.
Hernán Mastromónaco, vecino de Nuñez, manifestó su aprobación al considerar que el túnel es una solución para el problema y que es un paso adelante para el barrio. “Yo no quiero que, como todo lo que pasa en este país, esperemos a que suceda algo para considerar esto un caso de urgencia; no quiero esperar hasta la próxima vida, hasta que haya un accidente, hasta que se produzca una muerte en el paso a nivel, hasta que haya un colectivo que sea atropellado por un tren”, agregó.
Sin embargo, no todos los vecinos ven la solución en el proyecto del Gobierno. Ricardo Prezioso considera una “aberración” el tema de los túneles por varias razones. Ricardo sostiene que se licitaron y se adjudicaron las obras durante el gobierno de Telerman sin consultar con la gente afectada, que el proyecto está viciado de irregularidades y duda sobre los objetivos de las audiencias de mayo: “se pretendía con ellas convalidar lo actuado anteriormente, la ciudadanía debería haber sido consultada antes de tomar la decisión” (Ver cuadro- Ley 6)
“Los vecinos no es que decimos ‘no a los túneles’ por capricho”, asegura Ricardo quien sostiene que los que se oponen también quieren terminar con los problemas causados por el tren. Las alternativas planteadas son el soterramiento o el viaducto (elevación de las vías del ferrocarril) “Construyendo un viaducto se abrirían 63 calles que están cerradas por la vía. La conectividad que habría entre Av. Cabildo y Del Libertador sería más fluida”. Además Ricardo señaló que se podría aprovechar el terreno debajo del puente y construir estacionamientos o utilizarlo como espacio público con diferentes fines. “Hay que pensar en una obra a 100 años porque si el actual jefe de Gobierno, o el próximo, piensa que va a construir un viaducto y va a cortar la cinta está equivocado, eso no es buena política”, remarcó.
Fuentes oficiales sostienen que el proyecto contempla túneles y no soterramiento o viaductos porque “la complejidad y duración de los trabajos es menor, lo que representa una solución a los vecinos en el corto - mediano plazo”.
Valeria Viva es una abogada que se está especializando en derecho ambiental y asesora a los vecinos que se oponen a los túneles. Su denuncia es clara: existe violación de las leyes de impacto y de información ambiental (Ver cuadro - Ley 123 y 303). Valeria tuvo acceso a un estudio de impacto ambiental realizado en el 2006 que no cumple con lo necesario, “no contempla qué pasará con los servicios básicos de luz, gas, agua, no contiene información de cómo es el espacio que se quiere modificar, qué pasará con él durante la obra y finalizada ella”.
Sin embargo, este no es el único estudio que existe. En las audiencias de mayo se presentó uno nuevo que, según Valeria, sigue siendo insuficiente. “Además, la audiencia es para participar opinando, por lo que se debería conocer la información de antemano. Si me dan la información el mismo día, yo no participo de nada, tengo que creerle a la persona que se para en frente mío y me dice ‘esto es así ’, agregó.
Como vecina del barrio, y a tono personal, Valeria cree que las autoridades deberían decir claramente a los vecinos por qué desestiman propuestas como las del soterramiento o el viaducto. “Escuché que sostienen que el suelo no permitiría otro tipo de obras, perfecto. Pero quiero ver el estudio de suelo”. Valeria también duda de los objetivos de las audiencias de mayo e indica que deberían realizarse una vez que el proyecto presente todo lo necesario. “Sostienen que habrá menos robos pero no poseen una estadística actual, dicen que disminuirán los accidentes pero tampoco saben cuántos se producen hoy, entonces ¿cómo saben que habrá menos?”
Mientras un reporte oficial, posterior a las audiencias, sostiene que los distintos cambios en los proyectos que sugirieron los vecinos fueron tomados en cuenta y están siendo analizados en detalle por las distintas áreas del ministerio de Desarrollo Urbano, el barrio espera respuestas nuevas para un problema viejo.
Leyes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
La ley 6-De Regulación de la Audiencia Pública: En su artículo Nº 1 determina que la Audiencia Pública constituye una instancia de participación en el proceso de toma de decisión administrativa o legislativa en el cual la autoridad responsable de la misma habilita un espacio institucional para que todos aquellos que puedan verse afectados o tengan un interés particular expresen su opinión respecto de ella. El objetivo de esta instancia es que la autoridad responsable de tomar la decisión acceda a las distintas opiniones sobre el tema en forma simultánea y en pie de igualdad a través del contacto directo con los interesados.
La ley 123 –De Evaluación del Impacto Ambiental: determina entre otras cosas que las actividades, proyectos, programas o emprendimientos de construcción, modificación y/o ampliación, demolición, instalación, o realización de actividades comerciales o industriales, susceptibles de producir impacto ambiental de relevante efecto, deben someterse a una Evaluación de Impacto Ambiental como requisito previo a su ejecución o desarrollo, y cuando correspondiera, previo a su certificado de uso conforme, habilitación, o autorización.
La ley 303-De Información Ambiental: es una ley de la Ciudad de Buenos Aires que establece entre otras cosas que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información sobre el estado y la gestión del ambiente y de los recursos naturales. La ley es aplicable a la información ambiental concerniente o que afecte a la Ciudad de Buenos Aires, que obre en poder del Gobierno de la Ciudad, de cualquier autoridad, organismo e institución pública, incluyendo a sus contratistas, concesionarias y empresas privadas que presten servicios públicos en su territorio.